Todos sabemos que el pagaré es el  documento más utilizado para respaldar obligaciones crediticias. Pero ahora, donde lo digital avanza taaaan rápido, surge una pregunta clave: ¿firmar un pagaré electrónicamente tiene el mismo valor que hacerlo en papel?

La respuesta corta es . Pero, como todo en el ámbito jurídico, depende de cómo se haga. Te explicamos qué condiciones debe cumplir un pagaré electrónico para ser válido y exigible legalmente.

 

¿La firma electrónica tiene validez jurídica en un pagaré electrónico?

1. ¿Qué exige la ley colombiana?

La Ley 527 de 1999 reconoce la validez jurídica y probatoria de los mensajes de datos (como documentos firmados electrónicamente),  siempre que sean confiables y verificables.

A su vez, el Decreto 2364 de 2012 habilita el uso de cualquier tecnología que cumpla con los principios de autenticidad (que se pueda verificar quién firmó) e integridad (que el documento no haya sido modificado después de la firma), sin exigir un tipo de firma específico, como la digital con certificado. Es decir: una firma electrónica puede tener la misma fuerza legal que una firma manuscrita , si está bien implementada.

En el caso específico de los pagarés, el Código de Comercio (art. 622) exige ciertos requisitos formales que también deben cumplirse en su versión electrónica, como el monto, la fecha, la promesa de pago y la firma del deudor.

¿La firma electrónica tiene validez jurídica en un pagaré electrónico?

2. ¿Qué hace que un pagaré electrónico sea exigible judicialmente?

Un pagaré electrónico es válido sólo si incluye:

  • Firma electrónica del deudor que cumpla los principios de autenticidad e integridad.

     

  • Evidencia técnica de cuándo, cómo y desde dónde se firmó (fecha, IP, método de autenticación: biometría facial, OTP, preguntas de seguridad, etc.).

     

  • Constancia de conservación que garantice que el documento no ha sido modificado desde su firma.

     

  • Sello de tiempo certifica la fecha y hora exacta en la que el documento electrónico fue firmado

     

  • Cumplimiento del contenido del artículo 622 del Código de Comercio.

     

Si se cumplen todos estos elementos, el pagaré tiene fuerza jurídica y puede ser presentado en un proceso judicial como título valor con mérito ejecutivo.

 

¿La firma electrónica tiene validez jurídica en un pagaré electrónico?

3. ¿Puede ser impugnado un pagaré firmado electrónicamente?

Cualquier documento, físico o electrónico, puede ser impugnado en juicio. Pero cuando el pagaré electrónico se firma con una solución que recolecta evidencia robusta (como autenticación con biometría facial, OTP, preguntas de seguridad, trazabilidad completa, hash y constancia de conservación), la carga probatoria está mucho más a favor del acreedor.

De hecho, es más difícil impugnar un pagaré bien firmado electrónicamente que uno en papel sin prueba técnica de cuándo se firmó o si el contenido fue alterado.

Así que sí, la firma electrónica tiene validez jurídica en los pagarés electrónicos, siempre que esté implementada correctamente y respalde con evidencia técnica todos los elementos del ciclo de vida del pagaré electrónico, todo esto claramente con el respaldo de un proveedor confiable (como AutenTICsito).

En AutenTIC hemos ayudado a bancos, fintechs y cualquier empresa a digitalizar sus pagarés con firma electrónica avanzada, autenticación segura y evidencia técnica robusta, cumpliendo la normativa colombiana.

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